El 12 de agosto de 2026 nos convocamos en el Salón 10 de diciembre de la AABA para presentar el libro de la Dra. O’Donnell.
Desde la Comisión de la Mujer de esta Asociación aceptamos inmediatamente la propuesta de la Dra. Noelia Améndola -Directora del Posgrado AABA-UBA de Derecho Aduanero, Cambiario y Comercio Exterior- de presentar este texto a pesar de no ser especialistas en derecho tributario en sentido estricto, que es el terreno donde la Dra. O’Donnell construyó buena parte de su carrera, por las siguientes razones:
La desigualdad de género y la falta de autonomía económica de las mujeres hace algo que no es frecuente: toma el instrumental técnico del derecho fiscal -secreto fiscal, prueba patrimonial, intercambio de información- y lo pone al servicio de una pregunta que, a nosotras, como litigantes de género y derechos humanos, nos atraviesa todos los días:
¿Por qué el sistema jurídico sigue haciendo tan difícil que una mujer pruebe, controle o recupere lo que económicamente le corresponde?
Agustina O’Donnell es abogada, Doctora en Derecho Fiscal por la UBA, Jueza del Tribunal Fiscal de la Nación y Diplomada en Violencia de Género por la Oficina de la Mujer de la CSJN.
Esa combinación importa: no es una mirada externa comentando el problema, es alguien que todos los días resuelve sobre información fiscal y patrimonial, y que decidió preguntarse qué efectos de género tiene el modo en que esa información circula, o no circula.
El libro fue publicado por la Editorial UCES en 2026, está disponible en descarga libre y gratuita – La desigualdad de género y la falta de autonomía económica de las mujeres -, lo que da cuenta de la generosidad de Agustina, y llega después de un recorrido de investigación que incluye su tesis posdoctoral sobre violencia económica y patrimonial y el rol del Estado en su erradicación desde una perspectiva de derechos humanos.
La tesis del libro puede resumirse así: la desigualdad de género no se sostiene solo con violencia física o discurso, se sostiene con arquitectura jurídica que parece neutral y no lo es.
El secreto fiscal es el ejemplo que la autora desarrolla con más detalle, y es también el que más nos interpela como litigantes.
Pensemos en lo que ya sabemos por la práctica: una mujer que necesita probar el patrimonio real de su expareja para un reclamo alimentario, para una liquidación de sociedad conyugal, o para sostener que hubo ocultamiento de bienes como forma de violencia.
El sistema de secreto fiscal, tal como está diseñado, protege por igual al Estado responsable y a quien oculta información para perjudicar a la otra parte.
O’Donnell no plantea abolir el secreto fiscal sino preguntar bajo qué garantías puede volverse compatible con el derecho de acceso a la justicia, en lugar de operar como un obstáculo adicional.
Esto conecta con un segundo eje: la violencia económica y patrimonial como categoría con entidad propia, no como apéndice de la violencia física o psicológica.
La autora la analiza a la luz de estándares de derechos humanos, no como política social optativa, sino como obligación estatal derivada de los compromisos internacionales que Argentina asumió.
Nos detenemos acá porque es lo que más nos toca como abogadas feministas y defensoras de derechos humanos.
Primero, porque el libro ofrece un marco para litigar la violencia económica como violencia, no como daño colateral. Eso cambia la estrategia probatoria: no es solo acreditar el vínculo y el maltrato, es poder mostrar el mecanismo patrimonial: cómo se ocultó, cómo se administró, quién controlaba qué.
Segundo, porque conecta el problema con el debate regional. La CEPAL viene sosteniendo hace más de una década que no hay igualdad sustantiva sin autonomía económica, autonomía física y autonomía en la toma de decisiones, como tres pilares indisociables.
Agustina no cita esto como adorno teórico: lo usa para argumentar que la autonomía económica es un derecho humano exigible, y que el diseño fiscal-institucional argentino todavía no está a la altura de esa exigencia.
Tercero, esto lo subrayamos especialmente desde una perspectiva de defensoras de derechos humanos, el libro tensiona algo que rara vez se discute con esta profundidad: la relación entre transparencia fiscal, rendición de cuentas del Estado, y protección de derechos individuales de las mujeres.
Son tres cosas que solemos tratar en compartimentos separados -derecho tributario, litigio de género, control de convencionalidad- y el libro las obliga a dialogar.
La generosidad de Agustina con su presencia nos tienta dejar abierta a preguntas, por ejemplo:
¿Hasta dónde puede el derecho tributario -diseñado históricamente para proteger al contribuyente frente al Estado- reconvertirse en herramienta de protección de una parte más débil -la mujer- frente a otra parte privada?
Es una tensión de diseño institucional que el libro plantea, pero que en la práctica judicial argentina todavía no tiene una respuesta consolidada, y me interesa mucho la mirada de la autora sobre los primeros casos donde esto se está discutiendo.
Finalmente, sostenemos que este es un libro que vale la pena leer no como texto de consulta ocasional, sino como una herramienta de trabajo para quienes litigamos con perspectiva de género y derechos humanos.
Nos obliga a mirar el expediente patrimonial con la misma seriedad con la que miramos la prueba del maltrato, y a entender que la autonomía económica no es un capítulo aparte de la violencia de género: es, muchas veces, su condición de posibilidad o su barrera más silenciosa.
Agradecemos a la autora, Dra. Agustina O’Donnell, su presencia en nuestra casa, la AABA, y por su gran aporte a los derechos de las mujeres.


