La Cámara Nacional del Trabajo emitió la resolución Nro. 8 que habilitar a las/os magistradas/os y funcionarias/os de los juzgados de primera instancia de la Justicia Nacional del Trabajo a llevar a cabo las gestiones necesarias en sus respectivos organismos para posibilitar las libranzas de giros por capital y honorarios depositados hasta el 20 de marzo de 2020.
Compartimos el texto completo de la resolución:
RESOLUCION DE CAMARA N° 8
Buenos Aires, 30 de marzo de 2020.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el decreto 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, prorrogado recientemente, ha dejado inconclusas numerosas libranzas de giros por capital y honorarios que se estaban llevando a cabo en los distintos juzgados de esta Justicia Nacional del Trabajo.
Que, en razón de ello y de la urgencia que demanda la conclusión de esas libranzas por involucrar fondos depositados que permanecen inmovilizados, y sin perjuicio de las facultades jurisdiccionales del/de la juez de feria para resolver en cada caso, resulta necesario adoptar medidas que permitan, dentro del marco normativo conformado por el decreto mencionado y las decisiones dictadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y por esta Cámara en consecuencia, habilitar a las/os magistradas/os y funcionarias/os a llevar a cabo las gestiones necesarias en sus respectivos juzgados para posibilitar el cobro de aquellos fondos por sus destinatarios.
Que, entre las pautas establecidas en los mencionados textos vigentes, se encuentra la de reducir al mínimo la concurrencia personal y, en atención a la cantidad de juzgados y diferentes edificios en los que dichos juzgados se sitúan, este Tribunal considera pertinente, para aquellos casos en que las gestiones no pudieran hacerse por vía remota, fijar un cronograma de apertura de los edificios, por turnos de grupos de juzgados de modo sucesivo, para ordenar la concurrencia personal a fin de realizar las gestiones que resulten necesarias para la conclusión de las libranzas de giros aludidas anteriormente.
Que corresponde encomendar con carácter urgente a la señora Secretaria General la elaboración de dicho cronograma en base a los datos recabados de las autoridades de feria y la consulta con las/os magistradas/os y funcionarias/os de cada juzgado, para su aprobación como anexo de la presente resolución.
Por ello,
LA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
RESUELVE
1°) Habilitar a las/os magistradas/os y funcionarias/os de los juzgados de primera instancia de la Justicia Nacional del Trabajo a llevar a cabo las gestiones necesarias en sus respectivos organismos para posibilitar las libranzas de giros por capital y honorarios depositados hasta el 20 de marzo de 2020.
2°) Establecer que dicha autorización será de acuerdo con el cronograma, por turnos de grupos de juzgados de modo sucesivo, que esta Cámara aprobará como anexo de la presente resolución.
3°) Encomendar con carácter urgente a la Señora Secretaria General la elaboración de dicho cronograma, en base a los datos recabados de las autoridades de feria y la consulta con las/os magistradas/os y funcionarias/os de cada juzgado.
4°) Protocolícese y hágase saber.
FDO.: Dra. Diana Cañal, Dra Cecilia Hockl, Dra. Dora González, Dra. Graciela Carambia, Dra. Beatriz Ferdman, Dra. Silvia Pinto Varela, Dr. Mario Fera, Dr. Leonardo Ambesi, Miguel Ángel Pirolo, Dr. Alejandro Perugini, Dr. Héctor Guisado, Dr. Manuel Diez Selva, Dr. Gregorio Corach, Dr. Álvaro Balestrini.